¿Justicia u oportunidad?

Enfrentémonos a un debate que podría considerarse como "eterno". Eterno, porque nunca se llegará a una opinión conjunta en la que consigamos la solución a nuestras diferencias. Hablamos de las condenas empleadas tanto en España como en otros países y el tiempo de las mismas.

El ejemplo con el que siempre comparamos es el que, sin duda, es el más opuesto, Estados Unidos.  Sus resoluciones en los juicios pueden llegar a ser completamente extremas, y condenar al acusado a la cadena perpetua o incluso la muerte por inyección letal, por ejemplo.
En cambio, en España, la cadena perpetua es inexistente y más aún la condena a muerte. Lo más similar a una cadena perpetua son las condenas de cientos de años, pero estas tampoco hacen tal efecto pues en España tenemos un límite de años para estas, que son 30 años en caso de un solo delito y 40 en caso de terrorismo o dos o más delitos, pues así lo establece nuestra Constitución. Esto es debido a que en ella también se recoge el objetivo fundamental de los ingresos en prisión (art. 25.2), la reinserción social. Por lo tanto es imposible condenar a cadena perpetua o muerte, pues sería inconstitucional.

Imagen extraída de: www.elpatibulo.com


Este debate se reabre cada vez que se producen casos de tal impacto social y mediático como el Caso Bretón o el Caso Mari Luz, que traen consigo protestas contra nuestro sistema judicial o defensores del mismo. La sociedad se pregunta si es justicia eso de que un criminal tenga derecho a atentar contra la vida de otra persona y destrozar la de sus familias, y encima se deba tener en cuenta su "reinserción social", y además se recrimina que los criminales nunca cumplen completas sus condenas. 
¿Esto es justicia? ¿Tienen ellos derecho a que les brindemos una segunda oportunidad?

Se dice que todos tenemos derecho a dicha oportunidad pero, siempre que paramos a pensar en estas situaciones, salta la alarma, se enfrentan las opiniones y no existe acuerdo por ninguna parte.
Se ha llegado a plantear el hecho de reformar este apartado de la Constitución Española pero, en el caso de reforma, ¿se llegaría a poner cadena perpetua o penas mayores a los 40 años? 

En mi opinión, criminales de este calibre no merecen ninguna otra oportunidad, pues ya han demostrado lo que son capaces de hacer cuando se les va la situación de las manos, cuando pierden el control. Quizá sea muy extremo por mi parte, pero delitos como estos deberían merecer la cadena perpetua, pues dudo que haya castigo peor que ese contra los que han destrozado las vidas de tantas familias. Así pues, al igual que estoy a favor de la cadena perpetua, estoy totalmente en contra de la pena de muerte. Y es que, a pesar de los delitos cometidos, a la vez que que ellos no tienen derecho a atentar contra la vida de nadie, tampoco lo tiene ni el Gobierno ni ningún otro poder, y estos deben ser los primeros en dar ejemplo. Sería una contradicción tal como imponer una cadena perpetua con la Constitución vigente.
Considero que, más que oportunidad, merecen castigo al nivel de sus actos. Y los familiares de las victimas merecen ese resquicio de paz que deja el saber que, a pesar del dolor, el causante de ello y culpable del golpe más duro de sus vidas recibirá su merecido castigo

Comentarios

Entradas populares